Oigo con estupor y vergüenza, en esta noche de sábado, el debate que ha organizado el programa de Telecinco, La Noria, alrededor del "caso Mari Luz", sobre los fallos del sistema judicial y, sobre todo, algunas medidas o propuestas para evitar que suceda. Repito por enésima vez que no doy crédito a la facilidad con la que algunos periodistas hablan de estos temas, sin rigor alguno y dando muestras de que lo más cerca que han estado de un Código Penal es equivalente a lo cerca que han estado alguna vez de comprobar que lo que dicen es sencillamente verdad. Datos equívocos e inventados, penas que no son tales en el Código actual, y sobre todo, remisiones a ordenamientos jurídicos extranjeros completamente falsas (del tipo "en Holanda se hace esto y esto otro") son habituales en estos debates, y no podía ser menos el visto por quién esto escribe. Más allá de mi perseverante crítica hacia la clase periodística que tenemos en España, me gustaría, para quién le interese, tratar de exponer lo que sé al respecto del tema que describe el título de este post, y , si queda espacio, quizá mi opinión.
En el mencionado debate se han vertido muchas ideas, la mayoría de ellas desafortunadas y hechas desde la comodidad de no haber examinado el caso con detenimiento, con lo que todo vale. Algunas de ellas eran, por ejemplo, la propuesta de cadena perpetua para estos delincuentes; otra de ellas ha sido la de elevar las penas porque "2 años y unos meses son de risa para un pederasta" (según Nacho Abad, periodista de sucesos habitual en El Programa de Ana Rosa y presente en el mentado debate); por último, y además de la castración química, la creación de listas en la que figuren los nombres de los condenados por estos delitos.
Antes de que el lector de estas líneas observe sus adentros y se aventure a contemplar su postura u opinión, para ir desentrañando en qué puntos está de acuerdo con lo aquí escrito y en cuales no, le pediría a ese mismo lector que vaciara su mente de toda información que tenga al respecto; de todo lo que haya oído a conocidos, familiares, o a los medios de comunicación. A continuación, le rogaría que lea el post, y al final, sólo al final, decida, por su cuenta y riesgo, cual es su opinión. Sólo así se puede huir del dolor de analizar el caso concreto y de observar el problema desde la lógica y necesaria distancia. El hilo argumental de este post está ideado para ello, pues el orden en el que se analizan los problemas no es baladí. Es incoherente, por ejemplo, que quienes defienden la implementación de la cadena perpetua porque piensa que el pederasta no puede rehabilitarse ni reinsertarse en la sociedad, pida, así mismo, un aumento de las penas de prisión actuales si ésta no llega a introducirse: si la cárcel está para rehabilitar, y a estos sujetos no se les puede rehabilitar, es ilógico que la cárcel sea su estancia. Por tanto, para evitar incoherencias como la anterior, el hilo es ese: 1-¿puede rehabilitarse un pederasta? 2-¿Son las penas de cárcel adecuadas para estos sujetos?, pregunta a la que convenientemente va unida la de ¿es eficaz aumentar las penas contra estos delincuentes (o contra cualesquiera otros) para evitar estos delitos?, y 3- ¿Son útiles y convenientes las listas públicas de condenados por estos delitos?
Contestar a la primera pregunta es harto complicado. Para hacerlo, se necesitan conocimientos especializados en psiquiatría que evidentemente no tengo, pese a mi interés por la materia. Lo que sí puedo aportar son las cifras que el Ministerio Fiscal y los Jueces Decanos aportan: el 40% de los pederastas, reinciden. Seguro que muchos de vosotros, si habeis leído estos datos en sus fuentes periodísticas, habreis pensado que es una cantidad muy elevada. Así es como lo han querido enfocar la mayoría de los diarios de este país, porque, claro, defender los derechos de los pederastas, que también los tienen, no es políticamente correcto. También, seguro que Oscar estará pensando que me molesto más en defender los derechos del agresor que los de la víctima, pero le emplazo a que siga leyendo, además de que es un debate ficticio, puesto que no es así en la realidad práctica. Ahora bien, ¿alguien se ha parado a pensar que, en ese caso, el 60% de los pederastas no reinciden? ¿que eso significa más de la mitad? Seguramente no, porque a nuestros medios que cuentan medias verdades no les interesa decirlo.
El hecho objetivo de que hay pederastas que no reinciden (sinónimo aceptado en un sentido no técnico-porque la reincidencia en ese sentido es otra cosa- para hablar de reinserción) nos lleva a la inevitable conlcusión de que alguien tendrá que decidir, pues, quién puede rehabilitarse y reinsertarse y quién no. Hemos de suponer que una decisión de tal calado y trascendencia la tomará un Juez, asistido por su correspndiente perito psiquiatra forense. La pregunta es, ¿en base a qué criterios? y lo más importante ¿es infalible este método?. La primera pregunta supone volver siglos atrás en cuanto a castigo penal se refiere, y a cargarse por el camino todas las garantías que evitan que los ciudadanos puedan ser encarcelados sin motivo. El único criterio fiable y resolutorio es la reincidencia, pues la eliminación del deseo sexual en terapia a estos condenados es ineficaz en el 86% de los casos, y de esos en los que es ineficaz, muchos, por porcentaje, no reinciden. Así que para saber si un pederasta es reinsertable o no (a sabiendas de que hay informes favorables en reincidentes e informes desfavorables en ciudadanos que no han vuelto a delinquir) sólo podemos ver si reincide o no, y el daño, ya está hecho.
Lo anterior tiene una relevancia máxima cuando hablamos de la propuesta de la cadena perpetua. Si un sujeto no es reinsertable, la cárcel es inútil, por lo que, a ojos de algunos, lo lógico es apartarlos de la sociedad de forma permanente para que hagan más daños. Desde este punto de vista, y que sería lógico en términos de reinserción-libertad, no reinserción-separación de la sociedad, no perdamos lo anterior: alguien deberá decidir,en base a criterios poco claros, quién es suscpetible de ser reincidente y quién no. Si el razonamiento, pues, es este, podemos estar pensando en que haya doctores y jueces que decidan en base a esos endebles criterios quién se pasa toda la vida en una prisión y quién no. No estamos hablando de unos años. Lo hacemos de toda la vida de una persona: le privamos de todo aquello que tiene la vida fuera de nuestras prisiones. Tal castigo no puede imponerse con tanta ligereza. Para los que están pensando que "ellos se lo han buscado" o "no haber violado a esa cría", quiero que hagan un ejercicio de empatía: Supongamos que vosotros (los que os identifiqueis con lo anterior) teneis 18 años, y os enamorais perdidamente de una chica o de un chico de 16 o incluso de 17 años. Salís durante meses y consumais vuestra relación manteniendo relaciones sexuales. Al cabo de unas semanas, decidís dejarlo con vuestra pareja, y ella o él, no encajando bien tal ruptura, decide denunciaros y se os imputa un delito del art. 180.1, 3º del Código Penal, esto es, una agresión sexual, porque ella sostiene que la habeis violado. El Código establece el agravante para menores de 13 años en todo caso y para personas "especialmente vulnerables", con lo que en principio no incurriríais en esta figura concreta de "pederastia". Pero no habeis contado con que el Tribunal Supremo, como así hace en la realidad, considera "especialmente vulnerables" a los menores de forma automática, sin valorar más. Se os condena por ese delito, puesto que las pruebas y las diligencias son complicadas para la defensa (tuvisteis relaciones). Ahora, un grupo psiquiátrico os hace un test (olvidaros de minuciosos estudios, así no funciona la justicia en España) y se considera que no podeis rehabilitaros. Se os impone una cadena perpetua. Vais a pasar el resto de vuestra vida, sin remedio ni solución,en una cárcel. Seguro que el caso que os he expuesto os parecerá de otro planeta, (que hay quién piensa que eso en estos tiempos ya no pasa,¿ eh Amelie- los tiempos del pucherazo ya pasaron-?), pero errores judiciales hay y no digamos ya errores en las valoraciones psiquiátricas, por ejemplo, para conceder el 3er grado, que es algo corriente ya en España y que debería de hacerse bien.
Así, la respuesta a la pregunta primera es "no lo sabemos con certeza", a lo que añado "no ceo que a día de hoy haya nadie en condiciones como para decidir quién sí y quién no con las suficientes garantías que deben de haber.
Las otras dos preguntas, las contestaré en los siguientes post.
Saludetes